Requisitos de Elegibilidad
Para optar a los recursos del BCIE, la instituci贸n financiera intermediaria deber谩 contar con los siguientes requisitos de elegibilidad:
Requisitos Generales
1.- Contar con una opini贸n jur铆dica favorable emitida por el BCIE. Se requiere:
- Personer铆a jur铆dica
- Copia autenticada del instrumento legal de formalizaci贸n y cualquier reforma subsiguiente, debidamente registrada.
2.- En caso de Instituciones Financieras No Bancarias (IFNB):
- m铆nimo tres a帽os de haberse constituido legalmente
- tres a帽os de operaciones
- tres a帽os de experiencia crediticia comprobada.
3. Cooperativas:
- m铆nimo 5 a帽os de constituci贸n, operaci贸n y experiencia crediticia.
- contar con estados financieros auditados de los 煤ltimos tres ejercicios anuales, dictaminados por auditores externos.
Requisitos Financieros M铆nimos
Para que las instituciones puedan optar a cr茅dito intermediado, el BCIE verificar谩 el cumplimiento de los siguientes requisitos:
REQUISITOS FINANCIEROS MINIMOS |
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TIPO DE INSTITUCIÓN |
INDICADOR |
PARAMETRO |
Instituciones Financieras No Bancarias (IFNB) |
Suficiencia de Capital |
Mayor o igual a 16.7% |
Cartera Afectada |
Menor o igual a 15% |
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Tasa de Pérdidas |
Menor o igual a 10% |
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Autosuficiencia Financiera |
Mayor o igual a 80% |
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Cooperativas |
Solvencia |
Mayor o igual a 100% |
Nivel de Mora |
Menor o igual a 10% de la cartera activa total |
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Utilidades |
En los 2 últimos períodos
anuales y en el último
período interino. |
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Requisitos de Informaci贸n
Si la instituci贸n cumple con los requisitos anteriores, deber谩 proporcionar al BCIE, en forma oportuna y completa, la informaci贸n contenida conforme al 鈥淟istado de Informaci贸n y Documentaci贸n requerida para an谩lisis鈥 que ser谩 proporcionada por la respectiva Gerencia de Pa铆s. Una vez entregado el listado requerido, la instituci贸n es evaluada conforme a la Metodolog铆a de Calificaci贸n aprobada por el BCIE.
Si como resultado de la evaluaci贸n de cr茅dito, el BCIE estima viable la concesi贸n de una facilidad crediticia, se le asigna a la instituci贸n un cupo crediticio revolvente bajo la figura de L铆nea Global de Cr茅dito (LGC), para que pueda disponer oportunamente de recursos de acuerdo a sus necesidades de financiamiento.